domingo, 29 de marzo de 2009

Carné para el voluntariado de Andalucia,Página núm. 34 BOJA núm. 45

aprueba el modelo de carné de persona voluntaria en
Andalucía.
La Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado en Andalucía,
establece por un lado, en el artículo 11.f), el derecho de las
personas voluntarias a disponer de una acreditación identificativa
de su condición de personas voluntarias, y por otro, en el artículo
12.g), el deber de utilizar debidamente las acreditaciones
y distintivos que le otorgue la organización en que colaboren.
Correlativamente prevé en el artículo 15.f) la obligación de
las organizaciones que desarrollen programas de voluntariado
de facilitar a las personas voluntarias una acreditación que les
habilite e identifique para el desarrollo de su actuación.
Por su parte, entre las funciones que atribuye a las Administraciones
Públicas se encuentra, en el artículo 18.1.c), el establecer
medidas de apoyo financiero, material y técnico a la
acción voluntaria organizada, facilitando recursos públicos para
el adecuado desarrollo y ejecución de las acciones voluntarias
a través de convocatorias anuales de ayudas y subvenciones, y
ofrecer apoyo material y económico a las personas voluntarias,
así como a las entidades de voluntariado que se encuentren inscritas
en el Registro General de Entidades de Voluntariado de
Andalucía y que desarrollen programas de voluntariado.
En consecuencia, en apoyo a esas entidades, previo informe
favorable del Consejo Andaluz del Voluntariado, y con el
objetivo de facilitar esa acreditación, el reconocimiento y la visibilidad
pública de la labor solidaria desarrollada por las personas
voluntarias, así como homogeneizar el documento de identificación,
se ha estimado conveniente la aprobación de un modelo
de carné como medio de identificación y acreditación de las
personas voluntarias en Andalucía. Dicho carné, que será editado
por la Consejería competente en materia de voluntariado y
distribuido a las entidades de voluntariado que así lo requieran,
será facilitado por estas a las personas voluntarias. En ningún
caso será obligatoria la expedición de ese modelo de carné, ya
que la obligación de acreditar a las personas que colaboren con
ellas podrá plasmarse en el documento que decidan libremente.
Por su parte, las personas voluntarias, tal y como se establece
en la Ley, deben utilizar debidamente ese carné y ajustarse a
las normas organizativas que haya establecido la propia entidad
al respecto. En consecuencia, mediante la presente Orden se
aborda la aprobación de dicho modelo de carné.
En su virtud, a propuesta del Director de la Agencia Andaluza
del Voluntariado, de conformidad con las competencias que
me confieren los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24
de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
y el Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,
D I S P O N G O
Artículo 1. Aprobación del modelo de carné de persona
voluntaria.
Se aprueba el modelo de carné de persona voluntaria,
como documento de identificación y acreditación de las personas
voluntarias en Andalucía, el cual figura en el Anexo a la
presente Orden.
Artículo 2. Edición y distribución.
1. El carné será editado por la Consejería competente en
materia de voluntariado y distribuido por esta a las entidades
de voluntariado que así se lo requieran, las cuales deberán
estar inscritas en el Registro General de Entidades de Voluntariado,
regulado mediante el Decreto 3/2007, de 9 de enero,
por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro
General de Entidades de Voluntariado de Andalucía y el
seguro de las personas voluntarias.
2. A los meros efectos del seguimiento de su distribución,
las entidades de voluntariado deberán comunicar a la Dirección
General competente en materia de voluntariado, el número de
carnés expedidos a lo largo de cada trimestre, sin identificar datos
personales de las personas titulares de los carnés.
Artículo 3. Expedición.
1. El carné será expedido por las entidades de voluntariado
que decidan su uso en su organización.
2. El carné tendrá la vigencia establecida en el compromiso
de incorporación entre la entidad y la persona voluntaria
según se dispone en el artículo 16 de la Ley 7/2001, de 12 de
julio, pudiendo ser renovado mediante la expedición de otro
carné, siempre y cuando se siga manteniendo la condición de
persona voluntaria. En caso de pérdida, extravío o deterioro
del mismo se podrá solicitar la expedición de un nuevo documento.
La pérdida de la condición de persona voluntaria conllevará
la retirada del mismo.
3. El carné sirve para identificar a la persona y acreditar
su condición de persona voluntaria, y sus titulares deben utilizar
debidamente esa acreditación o distintivo otorgado por
la organización en que colaboren, conforme se establece en
el artículo 12.g) de la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado
en Andalucía.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Director de la Agencia Andaluza del Voluntariado
para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el
desarrollo y ejecución de la presente Orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de febrero de 2009
CLARA E. AGUILERA GARCÍA
Consejera de Gobernación

sábado, 28 de marzo de 2009

Servicio de encuentro juvenil en Peñuelas

Empezamos el servicio a las 9:00 horas, aunque tuvimos que esperar un rato, nos dirijimos a peñuelas, Allí ya llegarón a unirse nuestros dos compañeros, salvador y juani, empezamos a comprobar todos los extintores y las salidas de emergencias, todo estaba en orden, una vez controlado todo nos dispusimos a recibir a los jovenes asistente. El día comenzaba tranquilo y así siguió. Los jovenes han tenido un comportamiento ejemplar y la fiesta ha sido super animada, así que este servicio no ha tenido incidente ninguno.
Una mención especial quiero hacer a los organizadores y a la concejala de Lachar, que nos ha atendido magnificamente, colaborando y poniendo a nuestra disposición todo lo que tenia a sus manos, tambien a los papa charly que nos han ayudado.

miércoles, 25 de marzo de 2009

practicas sanitarias en granada

He asistido a titulo personal a las practicas sanitarias en la agrupación de Granada, y lo digo públicamente, me siento muy orgulloso de ver el esfuerzo que estais haciendo todos los voluntarios para subir el nivel en el tema sanitario. es alucinante la seriedad con la que trabajais y la entrega del voluntariado. Esta clase que constaba principalmente de RCP, es practicamente imposible de traer a alguien mas capacitado y sentido práctico para la charla a la que asistí, todo fué de forma muy amena y didáctica en todo los sentidos.
Quien considere que esto son halagos innesesario les digo que al menos asistan a una de las practicas y vean las ganas que les ponen el voluntario a pesar de ser martes y las 23:00, así debererián ser en muchas otras, pues en ese voluntariado se ve compromiso por y para la agrupación.
¡¡ Seguid así compañeros !!

martes, 24 de marzo de 2009

Manual de autoproteccion escolar parte II

2.2. Con respecto a las instalaciones de protección contra incendios
- Cuando la superficie total construida sea mayor de 2.000 m², el Centro estará protegido por una red de bocas de incendios equipadas (BIE) de 25 mm de diámetro y 20 m de longitud de la manguera, para casos generales.
- La red de instalación contra incendios deberá ser totalmente independiente de la instalación de cualquier otro uso, así como su acometida. El edificio
contará con una toma al menos en fachada para uso exclusivo de bomberos.
- La red de tuberías de alimentación debe ser de acero galvanizado en tendido visto por techos de pasillos, pudiendo ser de otro material en los tramos
en que vaya enterrada si está convenientemente protegida.
- La red de BIE deberá proporcionar, durante una hora como mínimo en la hipótesis
de funcionamiento simultaneo de las dos BIE hidráulicamente más desfavorables,
una presión dinámica mínima de 2 bar en el orificio de salida de cualquier BIE.
Si no se garantizan esas condiciones de presión y caudal, deberá estar instalado un grupo de presión y un depósito de 12 m3 (para BIE de Ø 25 mm).
- En los espacios exteriores existirán los hidrantes necesarios según normativa vigente.
- En los Centros de enseñanza con capacidad de asistencia superior a 300 personas es preceptivo el alumbrado de emergencia, el cual puede prestarse con aparatos autónomos automáticos de las características establecidas en la MI-BT 025.
- Cumplido el requisito anterior, se entiende que el Centro dispone de suministro de socorro, salvo que en él existiera alguna instalación o disposición especial que, por razones de seguridad, se juzgase indispensable su funcionamiento aún cuando
falte el suministro eléctrico normal.
- Existirá alumbrado de emergencia y señalización encima de los huecos de todas las puertas de las aulas, aseos generales, recorridos generales de evacuación, cuartos de instalaciones, salidas de edificio, escaleras, pasillos y escaleras protegidas y vestíbulos previos.
- Una misma línea de alumbrado especial no podrá alimentar más de 12 puntos de luz de
emergencia o, si en la dependencia o local considerado existiesen varios puntos de
luz de alumbrado especial, éstos deberán ser repartidos, al menos, entre dos líneas diferentes, aunque su número sea inferior a 12 (MI-BT 025).
- Todos los Centros dispondrán de pulsadores de alarma que permitan provocar voluntariamente y transmitir
una señal a una central de control y señalización permanentemente vigilada durante el
período de funcionamiento del Centro en zona de acceso restringido, desde la cual se avisará a los ocupantes del edificio mediante campanas de alta sonoridad situadas en el vestíbulo principal y en cada planta del edificio.
- Los pulsadores no activarán directamente la señalización específica de alerta de incendios (campanas de alarma, avisadores ópticos, etc.), al objeto de controlar el factor de imprudencias presente en los Centros Educativos.
- Los pulsadores de alarma estarán situados de modo que la distancia máxima a recorrer desde cualquier punto hasta alcanzar un pulsador no supere los 25 m.
- Los pulsadores estarán provistos de dispositivo de protección que impidan su activación involuntaria, alojándose en cajas con cristal inastillable y
fácilmente rompible.
- Los Centros mayores de 5.000 m² de superficie construida contarán con una central de detección y alarma provista de señales ópticas y acústicas, tanto en el interior como en el exterior del edificio y tendrán un dispositivo que permita la activación manual o automática de los sistemas de alarma. Estará situado de forma que sus señales puedan ser percibidas permanentemente.
- Debe existir una persona encargada de la vigilancia permanente de la central de control y señalización.
- Cuando se prevea que la vigilancia de la central no sea permanente se dispondrá
de un sistema de transmisión de sus señales al Servicio de Extinción de Incendios más próximo, o a personas responsables.
- Existirán pulsadores manuales en el interior de los locales de riesgo alto y medio, y detectores automáticos adecuados a la clase de fuego previsible en
el interior de todos los locales de riesgo alto.
- Formación e información a todos los ocupantes y usuarios del Centro sobre el adecuado funcionamiento y utilización de las instalaciones de protección
contra incendios.
- Las zonas donde se sitúen medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, pulsadores, etc.) deben mantenerse continuamente despejadas de obstáculos que impidan o dificulten el empleo de dichos medios de protección y su visión respectiva.
- Los extintores disponibles deberán estar correctamente señalizados para permitir su rápida localización, para su empleo por personas debidamente adiestradas.
- Un extintor manual tiene poca capacidad de extinción, agotándose normalmente en unos 20 segundos,por lo que solamente es adecuado para apagar pequeños conatos de incendio.
- Si un conato de incendio no es apagado con prontitud o se ha detectado tarde el incendio, el fuego sólo podrá ser extinguido con medios de extinción más potentes que los propios extintores portátiles.
- La utilización de BIE e hidrantes de incendio es peligrosa si no se conoce su manejo: la persona que los utiliza puede resultar dañada y el propio fuego puede extenderse por la acción de extinción de personal no entrenado.
- Si el Plan de Autoprotección de un Centro Educativo incluye acciones específicas de lucha contra incendios, con utilización de BIE y/o hidrantes de incendio, debe tenerse presente que el personal responsabilizado de su utilización debe recibir un
adiestramiento adecuado.
- Los ocupantes del Centro Educativo deben conocer el significado de las distintas señales y el comportamiento que debe adoptarse con respecto a las mismas.
- El sonido de una señal de evacuación debe ser continuo.
- Si el conjunto del Centro Educativo dispone de instalación de megafonía, ésta puede utilizarse para comunicar la existencia de un incendio y transmitir
instrucciones concretas, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Autoprotección del Centro.
- Debe verificarse la adecuación de la señalización (medios de protección contra incendios, evacuación, etc.) y de las instalaciones de protección contra incendio a la realidad actual del contexto edificado y actividades especificas desarrolladas en el mismo, comprobándose las condiciones de emplazamiento de las distintas señales y la correcta percepción visual de las mismas.
- Si las condiciones de iluminación de las señales son deficientes se reforzará su iluminación y/o se reemplazarán por señales autoluminiscentes.
- La señalización debe ser continua desde el inicio de cada recorrido de evacuación, de forma que cuando se pierda la visión de una señal se vea ya la siguiente.
- La señalización de los recorridos de evacuación, emplazada de acuerdo con la normativa vigente,debe ser coincidente con las previsiones de evacuación
establecidas en el Plan de Autoprotección del Centro Educativo.
- Las señales de evacuación deben disponer de fuentes luminosas apropiadas o ser autoluminiscentes, de modo que sean visibles aunque se produzca un fallo en el alumbrado ordinario del edificio.
- La disposición de las diferentes señales será coherente con la correspondiente asignación de ocupantes a cada salida de recinto, planta y edificio.
- Verificación de la existencia del preceptivo certificado de puesta en funcionamiento de las instalaciones de protección contra incendios, emitido por
técnico titulado competente de la empresa instaladora.
- El conjunto del sistema manual de alarma de incendios dispondrá de dos fuentes de alimentación diferenciadas, según la reglamentación vigente.
- Los detectores de incendio, al igual que los pulsadores de alarma, transmitirán la señal de alarma a la central de control y señalización, de modo que quede identificada la zona del pulsador o detector que ha sido activado.
- Disposición y/ o adecuación de la señalización e iluminación vinculadas a los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, BIE, pulsadores, etc.) según los criterios fijados normativamente.
- El conjunto de la instalación de detección y alarma automática dispondrá de dos fuentes de alimentación diferenciadas, según la reglamentación vigente.
- Sistemas de comunicación de alarma a los ocupantes con señales acústicas y
ópticas (impactos visuales) complementadas, en su caso, con comunicaciones verbales.
- La señal de alerta será perceptible en todo el edificio o zona del mismo asociada a cada señal respectiva.
- Las instalaciones de gas, almacenamiento de gasóleo, etc., dispondrán de los sistemas específicos de protección contra incendios preceptuados en su normativa particular.

( aviso para todo el que lo necesite, si este documento el cual consta de mucha mas paginas lo necesitais, solo teneis que mandarme un correo y os lo paso )

sábado, 21 de marzo de 2009

Felicitaciones a los compañeros de Granada y Alhendin

Mis mas sinceras felicitaciones por el gran servicio del Botellodromo que realizasteis, en la fiesta de la primavera, ha sido un trabajo excelente de coordinación y saber estar.

viernes, 20 de marzo de 2009

empezamos con una serie de manual para los colegios

MAnual de seguridad para centros educativos

2. ACCIONES CORRECTORAS FRENTE
AL RIESGO DE INCENDIOS
Se proponen las siguientes acciones correctoras
generales (preventivas y de protección), agrupadas
en cinco bloques diferenciados:
2.1. Con respecto a los factores básicos del
fuego
- Identificación de los elementos combustibles presentes
en el Centro Educativo (madera, papel, textiles,
líquidos inflamables, gas, etc.).
- Retirada de elementos combustibles carentes de
uso actual y futuro (mobiliario obsoleto, materiales
innecesarios, aparatos y material deportivo inservible,
equipos informáticos en desuso, bombonas
de gas, etc.).
- Retirada de mobiliario y otros objetos combustibles
situados en elementos y vías de evacuación del edificio.
- No deben situarse depósitos de librospróximos a radiadores.
- Almacenamiento de elementoscombustibles significativos de
uso esporádico (mobiliario circunstancial, archivo muerto,
material didáctico, etc.) en recintos específicos adecuados.
- Almacenamiento de productos de limpieza, productos del
botiquín, etc., en locales apropiados.
- Se prohibe expresamente la utilización de la sala de calderas
como almacén.
- No es admisible utilizar o almacenar gas en zonas de sótanos
y semisótanos. El almacenamiento de otros elementos combustibles
en dichos espacios precisa el visto bueno por parte de los
Servicios Técnicos de las Delegaciones Provinciales.
- Disposición de sustancias combustibles empleadas
en actividades docentes (laboratorios, plástica, etc.) en
recipientes herméticos adecuadamente guardados en armarios
metálicos apropiados provistos de cerradura.
- Dilución de líquidos inflamables o disolventes al objeto de
reducir la evaporación.
- Verificación de las condiciones de ventilación de los recintos
y/o armarios metálicos donde se almacenan y/o utilizan productos
que desprendan gases o vapores inflamables.
- Si se detectase olor a gas no deben utilizarse los interruptores
de las zonas afectadas y si las luces están ya encendidas no deben
ser apagada. procediendo a cortar de inmediato el suministro a la
instalación respectiva en el cuadro general del edificio.
- Sustitución de elementos combustibles tales como cortinajes,
telones, toldos de cubrición, etc., por otros materiales no combustibles
o con menor grado de combustibilidad.
- Verificación de las indicaciones y certificaciones aportadas
por los fabricantes con respecto al grado de combustibilidad de materiales
adquiridos por el Centro.
- Control y/o eliminación de posibles focos de ignición (prohibición de
fumar, instalación eléctrica, chimeneas y conductos de humos, reacciones
químicas, cargas estáticas, descargas eléctricas atmosféricas,
radiación solar, etc.).
- Se prohibe la utilización de sistemas de calefacción no autorizados
expresamente (aparatos de infrarrojos, estufas de gas, etc.).
- Los materiales inflamables (bolsas de plástico, papel, etc.) deben
mantenerse permanentemente alejados de focos de calor tales como cocinas,
radiadores de calefacción, alumbrado, etc.
- En caso de tormenta es conveniente desconectar los televisores
de las tomas de antena.
- Cualquier modificación o reparación que sea precisa en el conjunto de la instalación eléctrica y en las restantes instalaciones que incorporen
productos combustibles (gas, calefacción, etc.) debe ser realizada por
instaladores y/o mantenedores autorizados.
- Mantenimiento y señalización adecuada de recintos,zonas e instalaciones de almacenamiento de productos combustibles según normativa específica.
- En los recintos donde se almacenen y/o manejen productos inflamables,
en caso de existir detectores, éstos y sus líneas deben ser de características antiexplosivas.
- Verificación de las condiciones de compartimentación de locales de riesgo
especial existentes en el Centro (almacenes generales, cuarto de calderas,
etc.).
- Etiquetado, según normas, de envases y recipientes de productos combustibles.
- Verificación de las condiciones de ventilación de cámaras de aire bajo
forjados sanitarios y su acomodación a normas docentes de diseño.
- Verificación de las condiciones de seguridad de la instalación para
extracción de humos (campanas, conductos, filtros, etc.) en cocinas,
laboratorios y talleres.
-Control de las condiciones normativas de las instalaciones generales
del edificio (instalación eléctrica,instalación de calefacción, pararrayos,
etc.).
- Las máquinas que se utilicen en los Centros Educativos,especialmente en
los que se imparta Formación Profesional, estarán diseñadas y fabricadas
para evitar cualquier peligro de incendio o de sobrecalentamiento o de explosión provocado por la propia máquina o por los gases, líquidos, polvos, vapores
y demás sustancias producidas o utilizadas por la máquina.

siguiendo los consejo de un mensaje

Pues eso... he seguido los consejos de un mensaje, que me hacia ver que lo mejor para ese debate es un foro y que mejor que el foro del voluntario de asvogra para llevarlo a cabo, así que he suprimido la entrada y espero que se dé allí un verdadero debate de ideas y propuestas.

martes, 17 de marzo de 2009

¿ LA MEJOR DESICIÓN?

Bueno pues gracias a "varios comentarios de los mismos de siempre", me han dado el suficiente aliento para seguir en la lucha porque para qúe yo... si la limpieza se ha de empezar por ellos así que al campo de batalla.
Lo único que quiero agradecer y esta vez sin ironias, es a las llamadas de esos que de verdad son amigos y que me han apoyado para salir de este bache de moral, gracias por abrir las puertas de vuestras casas y de ser tan generoso, amigos hay pocos, pero los que yo tengo de verdad son buenos.

viernes, 13 de marzo de 2009

todo llega

este camino ha sido como un tunel, donde la luz solo está al final, pero por fin la estoy viendo, así que ya está proximo el final y ha veces no sé si alegrarme, los apoyos han ido escasos, penas unas pocas, no por ganas, sino por la desidia de muchos, pero la gratificación de haber conocido a muchos compañeros, de tantas agrupaciones eso no me lo quita nadie. He echo amistades que jamas podria pensar, otros han pasado sin pena ni gloria, pero en la cuenta de resultado ... no veo ningun debe, porque tanto las cosas buenas como las malas m han aportado muchisimo, no sé si esto será un hasta luego o un hasta siempre... la almohada decidirá, pero si se echará de menos grandes ratos de servicios con compañeros magnificos. Por ahora la decisión parece tomada a bien que el mono de esta droga llamada P.C. me diga lo contrario.

lunes, 9 de marzo de 2009

dia 7 y 8 de marzo 2009 sierra nevada


Bueno el dia 7 subimos 3 voluntarios , pero esto no quita para que fuera un buen servicio, como siempre no levantamos bien temprano para poder desayunar tranquilamente. Al poco tiempo se nos asignó la zona intermedia y tuvimos que dar la vuela a los autobuses en el cruce de telefónica, porque no hay otro sitio donde hacerlo, pero la mañana fué bastante intensa respecto a trafico y afluencia de público, la coordinación fué perfecta, por parte de los papa charly de monachil que nos ayudó en la labor que teniamos asignada. así que como siempre, junto a la colaboración de estos, la de la agrupación de alhendin, el dia dentro de lo malo, fué bastante llevadero. incidencias pues ninguna a destacar, porque para lo malo del público a la hoya de la mora no se podia acceder en vehiculo, por limpieza de los viales.
Domingo dia 8, Pues tanto de lo mismo como el dia anterior, pero con algunos incidentes, los cuales por el bien de las agrupaciones, es mejor lavar dentro. Aunque a otros les pese, en los cuales no me extenderé, pero que no olvidamos, que la integridad física de los componentes de cualquier agrupación no se ha de poner en riesgo, por la incompetencia de otros.
Lo malo de estos servicio, no es el servicio en si, sino los hipocritas y cobardes que se escudan detras de otros.
Aunque a pesar del incidente, reitero y me reafirmo que aprecio a todas las agrupaciones, dentro de ella habemos personas, algunas de ella ni siquiera conozco, a las cuales no juzgo, solo juzgo al corre ve y dile, que se cree alguien y está llevando un servicio a terminos personales, en los cuales no se ha de entrar.

a los Anonimos

Como bien sabeis, este blog es personal, pero salgo dando la cara, las entradas están firmadas no me escondo detras de anónimos, será porque estos anónimos no tienen capacidad mental para debatir nada, ademas de capacidad de personalidad para dar la cara. El que se esconde detras de un anónimo, (esto es absurdo, por medidas tecnicas) demuestra sucobardia y su pocos conocimientos, espero y sabes por quien hablo que des la cara. Como ya dije, anónimos no publico .
Es tan sencillo dar la cara, como dar nombre y apellido y asumir el echo y ser coherente con uno mismo, para que esconderse, eso solo lo hacen los inutiles y los cobardes

sábado, 7 de marzo de 2009

voluntario, no es oro todo lo que reluce

1.- Sabemos que ser voluntario no es facil, a veces entramos en una organización y no sabemos nada de ella, hasta que la probamos, pero esto es distinto, P.C. te engancha, es algo que lo hace uno porque le gusta y lo antepone a muchas cosas, aunque a veces la falta de compromiso hace dudar, se sabe que no todo el mundo puede tener el mismo nivel de compromiso, pero al menos se ha de notar el esfuerzo de las personas, que se vea las ganas de ser eso, un grupo homogéneo o al menos lo mas parecido.
2.- Esto no es el INEM, sabemos por desgracia de muy buena tinta ( eso lo aseguro desde julio del año pasado) que la situación del paro es cruenta, pero no por ello debemos olvidar que somos voluntarios, que trabajamos de forma altruista para una sociedad y que no se debe de esperar otra cosa que la satisfacción personal del trabajo bien realizado, con ello no digo que si esto cambia de alguna manera con el tiempo y se convierta en otra cosa seria desdeñable, pero ya no seria AGRUPACION DE VOLUNTARIOS sería otra cosas, llamesele como se quiera.
3.- el error de creerse por encima de otros compañeros, que realizan el mismo servicio que todos, no es buena cosa. No se debe esperar un a coordinación perfecta, pero no se debe de ir por libre en un servicio provincial, aunque este se realice dentro de tu localidad, a mi me enseñarón y quizas lo hicieran mal, pero hasta ahora nadie me ha demostrado lo contrario, que un servicio provincial, donde deben de estar coordinados distintas entidades, es coordinado por el CECEM y por unos protocolos establecidos con anterioridad y nosotros somos peones que en ese tablero blanco nos designan unas casillas para intentar que la partida sea ganada siempre, y lo de peones lo digo con orgullo porque las guerras nunca las ganan los generales sino por el soldado raso, aunque si se tiene un buen general que dirija la batalla es mucho mas facil, y digo, como ya lo dije en otra entrada que nosotros tenemos un gran general que se preocupa de sus unidades tratando a estas con la mejor de las formas.
4.- Nosotros y hablo de la gente que siempre vamos, al ver a cualquier compañero de otra agrupación la saludamos con cualquier gesto amigo, no esperamos que se nos reverencie, pero sí que al menos por cortesía este saludo sea devuelto, porque los JEFES de las agrupaciones pasan, las agrupaciones quedan.
5.- Reitero que para mí, todas las agrupaciones son amigas, no tenemos ni queremos competir con nadie. Intentamos no inmiscuirnos en el rodar de las otras agrupaciones e intentamos parar, el temido corre ve y dile.

Fiesta de la bici en chauchina;

joé, voy con retraso, pero ha veces hay cosas mas importante en la vida.
Pero bueno la vida sigue.. .. Empezamos el servicio a las 9 de la mañana, pero el dia se levantó sin ganas de acompañar a los ciclistas. Así que estaba previsto para las 10 y comenzamos a las 11, al poco de salir de nuevo las lluvias, al segundo inrento y tras reducír bastante el recorrido se pudo realizar. Y nada mas, fué un servicio simple y junto a los Papa CHarly de chauchina se realizó dentro de lo que cabe con pulcritud.

jueves, 5 de marzo de 2009

Proteccion Civil... mi blog.: la muerte de un ser querido

Proteccion Civil... mi blog.: la muerte de un ser querido

martes, 3 de marzo de 2009

Reglamento de la mesa provincial del voluntariado de protección civil

Reglamento de la mesa provincial del voluntariado de protección civil

Artículo 1º:
La mesa provincial es el órgano de representación y coordinación de los voluntarios de protección civil de la provincia en la mesa regional, cuya organización, competencia y funcionamiento estará regida por lo dispuesto en el siguiente reglamento.
La mesa provincial desempeñará sus funciones, sin que ninguno de sus miembros pueda atribuirse individualmente funciones representativas, si no es por delegación del pleno de la mesa provincial.
Artículo 2º: COMPOSICIÖN.
La mesa provincial está compuesta por dos voluntarios de cada una de las agrupaciones de voluntarios de la provincia. Estos representantes serán elegidos democráticamente por los voluntarios de cada una de las agrupaciones, con el Vº Bº del alcalde y será requisito indispensable sean voluntarios de protección civil.
En caso de producirse una vacante, se cubrirá por otro miembro de la misma agrupación, (sustituto) que igualmente tendrá que ser elegido por su agrupación.
Las sustituciones o revocaciones serán comunicadas por escrito a la mesa provincial, aportando el acta de la asamblea en la que fueron elegidos.
Se consideraran causa de baja en la mesa provincial las siguientes:
a) Fallecimiento.
b) Baja de la A.V.P.C. a la cual pertenece.
c) Renuncia voluntaria, previa comunicación escrita.
d) Expediente disciplinario, según el reglamento de la A.L.V.P.C.
e) Decisión de revocación del cargo por parte de la agrupación.
La composición de la mesa provincial, con nombres, apellidos, D.N.I., domicilios y teléfonos, se comunicará a los alcaldes de los municipios representados, Delegación provincial de la consejería de gobernación y gobierno civil, para su conocimiento y efectos oportunos.
Podrá asistir a la reunión de la mesa, con voz pero sin voto, cualquier persona relacionada con la administración autonómica, como la local, así como cualquier voluntario de protección civil.

Artículo 3º: ORGANIZACIÓN.
1º DEL PLENO.
Estará formado por dos representantes de cada una de las agrupaciones de la provincia, es decir, todos los integrantes de la mesa provincial.
2º DE LA COMISIÓN PERMANENTE:
2.1 – Formada por el presidente, secretario y tres vocales elegido democráticamente entre los componentes de la mesa provincial, en ningún caso coincidirán dos miembros de la misma agrupación.
2.2 – Para la elección de estos cargos todos los miembros del pleno serán electores y elegibles.
3.3 – para proceder a la elección de estos será necesario la asistencia al acto al menos la mitad mas uno de los miembros pertenecientes a la mesa provincial.
2.4 – En la primera votación, para ser elegido, sea necesario obtener la mayoría absoluta de los votos, bastando la mayoría simple en segunda votación.
2.5 – La duración del mandato de esta comisión permanente será de dos años, al término de los cuales se realizarán nuevas votaciones en la A.V.P.C.
3º.- COMISIONES DE TRABAJO.
3.1 – Tanto el pleno como la permanente podrá crear comisiones o grupos de trabajo para la realización de estudios y preparación de informe.
3.2...- A estas comisiones de trabajo podrá asistir personal técnico cualificado, con voz pero sin voto, como órgano asesor y consultivo, según el criterio de la propia comisión, en aquellos temas en que estimen oportunos.
Artículo 4º: FUNCIONES.
4.1 DE LA MESA PROVINCIAL.
- representar a los voluntarios de la provincia y en definitiva a las agrupaciones en los distintos foros de la provincia.
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones y acuerdos adoptados por la mesa regional y provincial.
- velar por el cumplimiento de los reglamentos de las agrupaciones de protección civil.
- Debatir las propuestas de las distintas agrupaciones de voluntarios de la provincia, y aprobarla si procede por ser de ámbito provincial.
- Transformar estas, si son de ámbito autonómico, en conclusiones que serán presentadas a la mesa regional.
- velar por el mantenimiento de las señas propias de identidad del voluntariado de protección civil, así como unificar simbología y uniformidad.
- Velar por la formación adecuada de los voluntarios.
- Asesorar, gestionar y homogenizar a las distintas agrupaciones.
- Colaborar con las distintas administraciones públicas de la provincia en la coordinación de dispositivos operativos.
- Supervisar el trato de las A.V.P.C. con las distintas administraciones públicas a petición de las mismas.

4.2. DEL PLENO
El pleno podrá tomar acuerdos y medidas para su ejecución sobre cualquier tipo de materia que afecte a sus representados, siendo pues el órgano soberano de la mesa provincial.
Los acuerdos adoptados derogarán a anteriores si no se específica lo contrario, desde la mesa Andaluza.
4.3. DEL PRESIDENTE.
- Será el único portavoz de la mesa en todas las materias, salvo delegación de éste en algunos de los componentes de la comisión permanente.
- Preside las reuniones de la mesa provincial, moderando los debates y sometiendo las propuestas a votación.
-Programa junto al secretario las reuniones de la misma
-firma junto al secretario, las actas de las reuniones.
-Cualquiera otra funciones que le sean atribuida por la mesa.
Podrá delegar sus funciones en el secretariado cuando no pueda ejercerla personalmente, por enfermedad o ausencia imprevista, hasta tanto persistan las circunstancias.
4.4 DEL SECRETARIO
- Convocar reuniones de acuerdo con el presidente.
Confecciona las actas del pleno, dando fe de la veracidad de su contenido, con el Vº Bº del presidente.
- Expide las certificaciones de los acuerdos de la mesa.
- Custodia y archiva la documentación existente.
Recibirá todas las sugerencias, reclamaciones formuladas, etc.… que le sean llegadas de las agrupaciones y copia al presidente.
Cualesquiera otras funciones que le sean atribuida en la mesa provincial.
.- Podrá delegar sus funciones en cualquier miembro de la mesa, debiendo ratificar esta delegación el presidente, siempre cuando no pueda ejercerla por enfermedad o ausencia imprevista, hasta que persistan las circunstancias.
4.5. DE LOS VOCALES.
Asumirán las funciones que les sean encomendadas por el pleno o por delegación del presidente.
Articulo 5º; DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA MESA PROVINCIAL.
Los miembros de la mesa provincial tendrán derecho y obligaciones que a continuación se detallan:
- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias, salvo alegación de causas mayores debidamente justificadas.
- Presentar cuantas propuestas, informes e iniciativas que estimen pertinente.
- Expresar con toda libertad su opinión en los debates que se susciten, así como el respeto a las opiniones de los demás miembros, y al resultado de las votaciones.
- Hacer constar en acta, de palabra o por escrito, su postura o su voto particular sobre asuntos que se traten en las reuniones.

Articulo 6º FUNCIONAMIENTO DEL PLENO.
.- Se celebrarán reuniones de forma ordinaria cada seis meses, y de forma extraordinaria si lo solicitan al menos un tercio de la mesa o el presidente de la misma.
.- Las reuniones, serán convocadas por el secretario de la mesa con el Vº Bº del presidente, acompañando puntos a tratar en el orden del día. La notificación se efectuará por cualquier via con al menos seis días de antelación a la celebración de la sesión convocada, además se remitirá copia de expedientes a tratar en aquellos casos en los que los miembros del pleno no tengan la suficiente documentación e información, o se pondrán a disposición para poder ser consultado por los miembros.
.- El orden del día constará de los siguientes puntos:
1º Lectura y aprobación de acta de la reunión anterior.
2º cualesquiera propuesta efectuada en anteriores reuniones en el turno de ruegos y preguntas. Las propuestas realizadas por escrito ante el presidente o el secretario, al menos con diez días de antelación a la fecha de la reunión.
3º ruegos y preguntas, sobre los que no podrá tomarse decisión, salvo que así se acuerde por la mayoría de los presentes.
El pleno se reunirá en primera convocatoria y a la hora fijada, se celebrará reunión cuando esté presente al menos la mitad más uno de los miembros de la mesa y en segunda convocatoria, media hora más tarde, independientemente del número de miembros que se encuentren presentes.
.- Los acuerdos serán tomados por la mayoría simple de los miembros presente en el momento de la votación. Cuando sobre el mismo asunto se realicen más de dos propuestas, se adoptará la más votada. En caso de empate se realizará una segunda votación, si este persistiese, se pospondrá el acuerdo hasta la siguiente reunión.
.- siempre que cualquier miembro de la mesa así lo solicite las votaciones serán secretas.
.- De cada reunión se levantará un acta que contendrá:
- Relación de asistentes.
- Relación de ausentes.
- Temas debatidos.
- Acuerdos adoptados, con el resultado de las votaciones.
- Incidencias.
- Firma del secretario con el Vº Bº del presidente.

Una copia del acta será remitida a la mesa regional y a las distintas agrupaciones que forman la mesa provincial, las cuales darán traslado a sus voluntarios a través de sus representantes en la mesa.

Artículo 7º: INFORMACION

PRIMERO: todo voluntario o agrupación, tiene derecho a que se le informe por sus miembros representados en la mesa, de cualquier asunto en el que esté interesado.
SEGUNDO: La mesa provincial a través de sus órganos informará puntualmente por escrito a la mesa andaluza de los acuerdos adoptado, temas relevantes, etc.…

DISPOCISIONES FINALES:
• El presente reglamento tendrá vigencia a partir de la aprobación por la mesa regional y provincial por este orden.
• Cualquier modificación de este reglamento deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los miembros de derecho de la mesa provincial, y remitida para su estudio y posterior aprobación a la mesa regional.
• Sanciones.: cuando un representante de una A.V.P.C. en la mesa, faltase en el periodo de un año natural a dos reuniones ordinarias o extraordinarias de forma no justificada, perderá su condición como tal, informando a su ayuntamiento y A.V.P.C. respectivo y pidiendo que se nombre a otro representante de la misma.
• Se podrá plantear por la mayoría absoluta de las agrupaciones y aprobada por el pleno de la mesa en primera convocatoria.

domingo, 1 de marzo de 2009

la muerte de un ser querido



Ya partió, ya sus ojos cerró,
ya dejó su cuerpo marchito,
ya se detuvo su corazón,

Pero nada ni nadie detiene su alma,
que libre quedó,
para poder volar al infinito,
para seguir dandonos su amor.

Tu alma buscaba libertad,
que tu cuerpo no le podia dar,
pero Dios la ha liberado,
para que estes junto a el
y desde allí envolvernos con tu fé.

Nunca podremos olvidar,
tus ganas de luchar,
tus deseos de llenarnos de amor,
tus ansias de dar todo tu corazón.


Homenaje a nuestros seres queridos que parten hacia el infinito,dejandonos en el mas completo desaliento. dos almas se marchan, dos estrellas en el universo nacen, compañero F.G. en las noches granainas sus destello nos protege.